REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL SINU Y DEL SAN JORGE CVS
Resolución No.
“Por la cual se hace un reconocimiento y se entregan unas distinciones”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL SINU Y DEL SAN JORGE CVS, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUTARIAS Y,
CONSIDERANDO
Primero: Que de acuerdo al a rtículo 67 de la Constitución Política Colombiana de 1991, la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene la función social d e busca r el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valor es de la cultura, l a educación formara al colombiano en el respeto a la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación .
Segundo: Que de conformidad en lo dispuesto en el Inciso 3, Articulo 31, Ley 99 de 1993, es facultad de las Corporaciones Autónomas Regionales, promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas de protección de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los recursos naturales renovables.
Tercero: Que de acuerdo al numeral 1, del literal F, del Artículo 7° de los estatutos de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, CVS, la Corporación tiene funciones de educación, investigación e información en virtud de las cuales debe Asesorar a las entidades territoriales en la formulación de planes de educación ambiental formal y ejecutar programas de educación no formal, conforme a las directrices de la política nacional.
Cuarto: Que corresponde al Director General de la Corporación según la ley 99 de 1993. ordenar mediante acto administrativo, decisiones que tengan por finalidad la protección y preservación de los recursos naturales.
Quinto: Que es misión de la CVS trabajar de manera oportuna y adecuada por la conservación, protección y administración de los recursos naturales y el ambiente, para el desarrollo sostenible del Departamento de Córdoba, mediante la gestión ambiental y la participación de la comunidad.
Sexto: Que Instituciones Educativas y Entidades del Departamento de Córdoba realizan acciones en coordinación con la CVS, para la construcción de una nueva ética y cultura ambiental.
Séptimo: Que la labor desarrollada por diferentes entidades e instituciones educativas del Departamento de Córdoba ha sido fundamental para el logro misional de la Corporación, la creación de una nueva cultura en la protección y conservación de los recursos naturales y el ambiente
En mérito de lo expuesto se;
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO. Hacer un reconocimiento público y hacer entrega de una placa honorífica a las instituciones educativas y entidades discriminadas a continuación, por su activa participación en los procesos de educación ambiental en el Departamento de Córdoba:
- Institución Educativa Policarpa Salavarrieta (Montería).
- Institución Educativa Antonia Santos (Montería).
- Colegio Nacional José María Córdoba (Montería).
- Institución Educativa Santa María Goretty (Montería).
- Institución Educativa El Sabanal (Montería).
- Institución Educativa Antonio Nariño (Montería).
- Institución Educativa Juan XXIII (Montería).
- Colegio Latino (Montería).
- Institución Educativa Mercedes Abrego (Montería).
- Institución Educativa Normal Superior (Montería).
- Institución Educativa Isabel La Católica (Montería).
- Institución Educativa Victoria Manzur (Montería).
- Institución Educativa Las Llanadas (Sahagún).
- Institución Educativa Alianza Para El Progreso (Planeta Rica).
- Institución Educativa Alberto Alzate Patiño (Punta Verde/Planeta Rica)
- Policía Ambiental y Comunitaria.
- Defensa Civil,
- Fuerzas Militares de Colombia – Batallón Nº 11
- Banco de Occidente.
- Parques Nueva Montería.
ARTICULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de su expedición.
Dado en Montería a los
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
ELDER JOSÉ OYOLA ALDANA
Director General CVS


